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martes, 31 de marzo de 2015

Musicoterapia para las víctimas de violencia de género


¿Qué aporta la musicoterapia al tratamiento de las víctimas de violencia de género? Sabemos que las mujeres que han sufrido violencia por parte de su pareja manifiestan una serie de respuestas emocionales asociadas a esta experiencia traumática con las que nos vamos a encontrar en terapia y que debemos tener en cuenta a la hora de planificar la intervención.

La violencia repetida e intermitente, mezclada con esos periodos típicos de arrepentimiento y de ternura del agresor, suscita en la mujer una ansiedad extrema y unas respuestas de alerta y de sobresalto permanentes, entre otras cosas, como el miedo, la baja autoestima, el temor y el nerviosismo.


Está demostrado que la música y el sonido influyen a nivel físico y psicológico de la persona. Cuando escuchamos música advertimos cambios a nivel físico, como el tono muscular, la mecánica respiratoria, el ritmo cardíaco, etc. También podemos notar cambios a nivel psicológico, porque con la música podemos expresar emociones y comunicar ideas, nos podemos identificar, movilizar nuestras fantasías y evocar momentos y situaciones de nuestra vida, entre otros... Los musicoterapeutas realizamos nuestra formación académica en universidades y aprendemos a diseñar tratamientos para todas aquellas personas que necesitan mejorar su salud.
El tratamiento musicoterapéutico en violencia de género trabaja a partir de dinámicas sonoras e improvisaciones musicales, en donde la mujer puede expresar lo que siente a través del sonido. La música, en este caso, no será un fin en sí misma; actuará como un medio para la mejora de la conciencia corporal y emocional que contribuirá en la disminución del estrés y la ansiedad, potenciando la autoestima y desarrollando nuevas capacidades de afrontamiento socioemocional ante su nueva vida.

En los encuentros musicoterapéuticos se trabaja desde la empatía y la aceptación incondicional sin enjuiciarla, desde la comprensión, como una guía y como apoyo emocional. Es un espacio planteado para que se sienta escuchada y para darle la oportunidad de que sea ella misma, con sus opiniones y decisiones. En las sesiones de musicoterapia se transmite confianza y seguridad, se garantiza su confidencialidad para que en todo momento la mujer se sienta respetada, dentro de un clima cálido y cercano.

La metodología a utilizar es activa y participativa, para que sean protagonistas de su proceso terapéutico desde sus expectativas e intereses. La musicoterapia es una experiencia vivencial que les permite un crecimiento integral a todos los niveles. La música estimula su autoestima y hace que, luego de varias sesiones, puedan decidir e intervenir en la programación de las actividades que más les gusta hacer y, sobre todo, reorganizar su nueva vida. Aquellas que han participado en sesiones de musicoterapia expresan que ha sido una ayuda más que les ha servido para empoderarse, para darle valor a las experiencias vividas, a reestructurarse y a seguir adelante con esperanza.

domingo, 29 de marzo de 2015

Hablar de "Cincuenta sombras de Grey", es hablar de violencia de Género

Hablar de “Cincuenta sombras de Grey”, es hablar de la violencia de Género





Desde hace algún tiempo, hemos venido escuchando la famosa novela “Cincuenta Sombras de Gray” la que hace unos meses fue llevada a los cines, siendo una de las películas más vistas de los últimos tiempos.

La película nos muestra a un multimillonario, guapo, conquistador, con un amplio reportorio sexual, el que habría tenido experiencias traumáticas sexuales en la infancia y satisface sus deseos sexuales a través de juegos erotizados bajo la dinámica amo – sumisa, quien se enamora de una mujer pobre, virgen, de 23 años, estudiante y trabajadora, con historia de abandono en la infancia quien habría sido criada por un padrastro, porque su madre vivía ya con su cuarta pareja. Entonces me pareció una extraña película de amor.

Ahora bien, esta introducción analizada desde el enfoque de género, nos habla de una película que tiende a reproducir los estereotipos masculinos y femeninos entendidos como creencias sobre las características de los roles típicos que los hombres y las mujeres tienen que tener y desarrollar en una etnia, cultura o en una sociedad marcando una evolución diferente para hombres y mujeres justificando, muchas veces, una discriminación hacia estas últimas. Estas diferencias, se trasforman en dificultades que dentro del proceso de socialización nos separan de los hombres atribuyendo más poder a los hombres y desvaloración a las mujeres.

Christian y Anastasia, personajes principales del films, son una pareja cuya dinámica relacional está basada en una relación de poder desigual entre él y ella la que podríamos denominar “Violencia de Género”. Y lo podemos reconocer desde un inicio de la película, donde las tácticas y estrategias de seducción basadas en el poder y la dominación de Christian Grey a Anastasia llaman la atención: por ejemplo, a partir de una entrevista realizada por ella al multimillonario, éste luego se aparezca en el trabajo de Anastasia, una modesta ferretería y durante una fiesta ella se encuentre bebiendo alcohol y él llega a salvarla separándola drásticamente de sus amistades.

Él la ama tanto que la quiere proteger, Christian poco a poco, comienza a controlar la vida de la protagonista, separándola de sus amigos y familia, aislándola socialmente. Le dice cómo actuar, beber, comer, tipos de anticonceptivos y manipular hacía sus placeres sexuales.

El control como prueba de amor. Christian se aparece en los lugares menos pensados, a la protagonista le coarta el hablar, a la expresión, opinar, soñar, …como de la nada le regala un notebook e instala en su hogar sin su autorización y vende su único medio de trasporte su auto ¿sin preguntarle antes?

La violencia de género, se refiere a todo acto que se ejerce contra la mujer por el simple hecho de serlo y que tiene como resultado posible o real un daño físico, sexual, psicológico o emocional, incluidas las amenazas, la coerción o la privación arbitraria de libertad, independiente que esto se de en el ámbito público o privado.

Esta película enseña a las mujeres que el dolor y la sumisión son eróticos, y a los hombres que las mujeres quieren un hombre que las controle. Perpetuando los estándares de abuso peligrosos y sin embargo se le presenta como una historia romántica y erótica para las mujeres”.

Lo preocupante del contenido de esta película es el no reconocer los actos abusivos en la dinámica relacional entre un hombre y una mujer, y sin ser capaces de cuestionar la imposición, el poder disfrazados a través de encantos seductores y actos eróticos mercantiles, poniendo la figura de mujer como un objeto, validando la violencia y reproduciéndose los estereotipos de los cuales nos ha costado siglos deconstruir.

La propuesta de un “contrato” de Christian a Anastasia para tener una relación entre ambos cuyas expectativas eran desiguales, pues ella seducida por la belleza de Crhistian, el dinero y condición de salvador acepta sus condiciones. Algunas cláusulas del contrato que muestra la película: Anastasia debía comer lo que la nutricionista de Grey indique, los anticonceptivos deberían ser sugeridos por la ginecóloga de él, que no debía consumir alcohol y las relaciones sexuales solo serían con él y en el ámbito de la sexualidad negociar con la posición amo – sumisa. Estos indicadores son el el claro ejercicio de la violencia que refleja la asimetría existente en las relaciones de poder entre hombres y mujeres, que perpetúa la subordinación y desvalorización de lo femenino frente a lo masculino.

En las escenas erotizadas Christian, inmensamente millonario, se presenta como “la fantasía sexual” más interesante para las mujeres. Pero realmente es una persona gravemente dañada. Es nuestra sociedad podríamos decir que fue víctima de violación, ya que a los 15 años mantuvo una relación sumisa-dominante con una amiga de su madre, que como afirma, le dejó “perdido y con 50 sombras”.

Durante la película las escenas eróticas muestran a Anastasia como una “mujer objeto”, pues ella nunca tuvo la posibilidad de practicar los juegos sexuales hacía Christian, ella debía acomodarse y ceder a sus placeres sexuales. La violencia y la sexualidad no tienen la misma raíz, porque no son lo mismo, en realidad son opuestos, placer y abuso son vivencias contrarias, sentirse querida y sentirse usada, sentirse dueña de sí misma y propiedad del otro son contrario, no se debe permitir que estas sensaciones se mezclen.

Cada mujer debe buscar y experimentar lo que desea y que ese proceso de experiencia propia le dirá si está bien o mal para ella. Es la propia mujer la que debe descubrir y elegir lo que le gusta pero a la vez asumir la plena responsabilidad de los actos a nivel personal como social. Estos actos eróticos mercantiles y la violencia se relacionan pues se ejerce una sexualidad violenta y machista. Promueve la imagen de la mujer esclava y del hombre poderoso y activo.

Es por eso que esta película y su contenido reproductor de roles estereotipados entre un hombre y una mujer de cuya relación evidencia la violencia de género deben ser cuestionadas pues daña y no nos deja ser libres. En todas las sociedades del mundo han hecho de la erotización una mercantilización dirigida a estimular el placer sexual.

La mercantilización del placer no solo significa vender y comprar, sino que del proceso creativo personal y que esté ligado más bien a los estímulos de los medios de comunicación, cuyas imágenes son violencias, machistas, racistas y destructivas ligando el placer sexual al sometimiento de la mujer esto se presenta como sin voluntad propia cuyo objeto debe satisfacer deseos violentos de quien se somete.

Es por eso la invitación a reflexionar sobre los motivos del record de venta de las “Sombras de Grey” y a pensar que nos pasa a mujeres y hombres al sobrevalorar estos actos de seducción con indicadores tan abusivos, controladores y manipuladores sindicados como “actos de amor” en una sociedad que parecía haber deconstruido los roles tradicionales y estereotipados, donde la Convención para la Eliminación de todas formas de Discriminación Contra la Mujer (CEDAW) suscrita en muchos países había generado la creación de políticas públicas para erradicación de la violencia en contra de la mujer, sin embargo, observamos a través de la opinión pública y record de venta de la novela y película que la violencia aún se mantiene perpetuando el abuso, control y la manipulación como parte de las relaciones entre hombres y mujeres.

domingo, 22 de marzo de 2015

Los menores ecpuestos a la violencia de género serán reconocidos como víctimas

Los menores expuestos a la violencia de género serán reconocidos como víctimas



Es innegable el gran sufrimiento y la horrible experiencia que pueden padecer aquellas mujeres víctimas de la violencia de género, dejando en ellas graves estelas psicológicas y físicas. Pero, ¿Qué ocurre con los hijos y hijas de esos padres? ¿Se pueden consideran también víctimas directas o indirectas de la violencia de género? ¿Qué ocurre con la tutela de los hijos?

En relación con este tema, el Gobierno aprobó el 20 de Febrero La Ley de Protección a la Infancia y a la Adolescencia. Aquí dejo la noticia publicada en el periódico El Mundo:

El Gobierno ha aprobado hoy los proyectos de Ley de Protección a la Infancia y a la Adolescencia que reconocen como víctimas de violencia de género a los menores y agilizan los procesos de acogimiento y adopción para favorecer que los niños, especialmente los de menos de 3 años, permanezcan con una familia.

Sáenz de Santamaría y Alonso, después del Consejo de Ministros, 20/02/2015



En la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, que ha dado el visto bueno a los proyectos, el titular de Sanidad, Alfonso Alonso, acompañado de la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, ha detallado el contenido de la reforma que refuerza la protección del menor frente a delitos como los abusos sexuales, de los que fueron víctimas 3.364 en 2013.

Entre otras novedades establece como requisito para ejercer profesiones que impliquen contacto habitual con niños no haber sido condenado por delitos contra la libertad sexual, trata y explotación.

Fija la obligación de los jueces de pronunciarse sobre medidas cautelares que afecten a hijos de mujeres maltratadas, y se prevé que estos niños puedan permanecer con sus madres.

demás, obliga a cualquier ciudadano que tenga conocimiento de delitos contra la libertad sexual a comunicarlos al Ministerio Fiscal.

El Ejecutivo refuerza el derecho de acceso a los orígenes de los adoptados, de manera que las entidades públicas asegurarán la conservación de la información durante al menos 50 años, y contempla también la posibilidad de que el menor en adopción mantenga algún tipo de contacto son su familia biológica.

También modifica la Ley de Protección de Familias Numerosas para asegurar que éstas conserven el título mientras al menos uno de los hijos tenga menos de 21 años o 26 si está estudiando.

Nuevos derechos y deberes para los menores

Alonso ha destacado que, con esta reforma, España se convierte en el primer país en incorporar la defensa del interés superior del menor como principio sustantivo de la legislación, como recomendó la ONU en 2013.
De esta manera, la norma establece un nuevo marco de derechos y deberes de los menores y una especial atención de los más vulnerables, como jóvenes ex tutelados y menores con discapacidad o extranjeros no acompañados, a lo que se les reconoce su derecho a la sanidad, la educación y los servicios sociales.
Así, las leyes promueven la participación de los menores a través del derecho a que sean oídos y escuchados en procedimientos judiciales, lo que incluye a los menores de 12 años, siempre que tengan madurez suficiente.

También incluye un catálogo de derechos y deberes en las esferas familiar, escolar y social, al tiempo que recoge de forma expresa la necesidad de evitar situaciones de acoso escolar.
Dentro de las medidas de protección de la infancia, a los menores extranjeros no acompañados, entre 2.000 y 3.000 en España, se les reconoce su derecho a la sanidad, la educación y los servicios sociales en las mismas condiciones que a los menores españoles.
En cuanto a la determinación de la edad, los menores extranjeros no acompañados gozarán de la presunción de minoría de edad (serán considerados menores), en caso de duda, y las técnicas médicas para fijarla atenderán al principio de proporcionalidad.
Se procurará la búsqueda de la familia de los menores extranjeros no acompañados con el objetivo de favorecer la reagrupación familiar y no la expulsión del territorio, sin poner en riesgo su seguridad.

Condiciones de la retirada de la tutela

También define las situaciones de desamparo que darán lugar a la retirada de la tutela y que viene determinada por el abandono, riesgo para la vida, salud o integridad física, la inducción a la mendicidad, la delincuencia o la prostitución.

La declaración de desamparo dará lugar a la tutela del menor por parte de la entidad pública competente. Como aspecto fundamental, se introduce que, superados dos años desde dicha declaración, sólo el Ministerio Fiscal podrá impugnarla, no los padres biológicos
Pasados esos dos años, las entidades públicas podrán adoptar cualquier medida de protección que consideren necesaria, incluida la adopción.

La guardia voluntaria (la que solicitan los padres a la administración) se limita a dos años para evitar que estas situaciones se hagan crónicas, y una vez vencido dicho plazo, el menor deberá volver con su familia o dictarse una medida de protección estable.
En España hay casi 35.000 menores bajo tutela o guarda de las administraciones, de los que 13.400 están en residencias a la espera de una familia.
La reforma primará las soluciones familiares frente a las residenciales, las estables frente a las temporales y las consensuadas frente a las impuestas, y en el caso de que haya varios hermanos, se procurará que permanezcan juntos.

Simplificará el acogimiento, que no requerirá la intervención de un juez, y se creará el Estatuto del Acogedor Familiar, al tiempo que se regularán por primera vez los centros de protección para menores con problemas de conducta.

En cuanto a los criterios de idoneidad para las familias adoptantes, la reforma impide adoptar a quien esté privado de la patria potestad de un hijo.

Por último, los proyectos de Ley de Protección a la Infancia y la Adolescencia aprobados hoy contemplan que los padres que hayan "devuelto" a niños adoptados no podrán volver a solicitar una nueva adopción.

Las organizaciones de infancia aplauden la ley pero dicen que se podría haber ido más lejos

Las organizaciones de defensa de la infancia como Save the Children, Unicef o la Plataforma de Infancia han aplaudido y valorado de forma positiva la aprobación de la nueva Ley de Protección de la Infancia y la Adolescencia por parte del Consejo de Ministros, aunque creen que se podría haber ido un poco más lejos. El responsable de políticas de infancia de Unicef Comité Español,Gabriel González-Bueno, ha explicado que era una ley "esperada", aunque en algunos ámbitos, como el de los menores no acompañados, "se podría haber ido un poco más lejos". Por su parte, el presidente de la Plataforma de Infancia, Carlos Martínez-Almeida, ha indicado que la nueva Ley "supone un cambio de modelo sobre el anterior sistema de protección".